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La Comisión Europea responde a CHA sobre el proyecto del pantano de Biscarrués

CHA acaba de recibir la respuesta que planteó en el Parlamento Europeo sobre el proyecto del pantano de Biscarrués. CHA considera que la respuesta reafirma la posición mantenida hasta la fecha por todos los detractores del proyecto ya que emplaza al Gobierno español a demostrar que se ajusta a los principios de la Directiva Marco del Agua

Martinez Tomey, Responsable de Asuntos Europeos de CHA: "En estos momentos, de precariedad en las arcas públicas, hay que ser más eficaces y eficientes en las inversiones públicas que se planteen. Por eso es necesario que se avance en los proyectos que sí cuenten con el consenso de todas las partes implicadas y no empecinarse en propuestas tan cuestionadas como es la del pantano de Biscarrués"

La iniciativa presentada por Jordi Sebastiá, diputado de la coalición electoral de Primavera Europea y que forma parte del grupo parlamentario Los Verdes/ALE, fue la siguiente:

"Se ha sabido que la Comisión Europea está revisando la declaración de impacto ambiental del proyecto de pantano de Biscarrués (Aragón) y que se ha dirigido a los Gobiernos español y aragonés. ¿Tiene la Comisión alguna objeción o problema en relación dicha declaración de impacto ambiental? ¿Podría indicar la Comisión qué ha solicitado a estos dos Gobiernos en relación con este proyecto?"

La respuesta del Sr. Vella en nombre de la Comisión (27.7.2015) recibida el pasado viernes 31 de julio de 2015 indica:

"La Comisión se ha puesto en contacto con las autoridades españolas para solicitar aclaraciones respecto al cumplimiento de la legislación de la UE pertinente en materia de medio ambiente por parte del proyecto de pantano de Biscarrués.

El 29 de mayo de 2015, la Comisión notificó a España una carta de emplazamiento por incumplimiento de las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 4, apartado 1, letra a), inciso i), y apartado 7, el artículo 11, apartado 4, y el artículo 13, apartado 4, leídos en relación con el anexo VII, punto A.5, de la Directiva 2000/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo1 , de 23 de octubre de 2000, por la que se establece un marco comunitario de actuación en el ámbito de la política de aguas"

 
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